jueves, 17 de agosto de 2017

ENCUESTA

GRABACIÓN DE LA ENTREVISTA

Segunda visita.
09:00 horas del día 16 de agosto del presente año, nuevamente me presento a las oficinas de UMECA, y se siguió el mismo procedimiento del día anterior, me registro en un libro de visitas, espero un momento hacer atendida por un abogado dictaminador, como lo llamó la subdirectora de dichas oficinas.

09:15 horas, sale a atenderme una persona de sexo femenino de aspecto formal, con una gran sonrisa, me saluda y me pide que pase a su cubículo, me presento y doy el motivo de mi visita, posterior me indica que ya la habían informado de que le iban hacer una entrevista, que está dispuesta a contestar, se le pregunta si está dispuesta a que grabe la conversación con mi celular, solo el audio e indica que si, que no hay ningún problema  por lo que empezamos:

09:30 horas, comenzamos a dar inicio a nuestra entrevista.
1.- ¿Me podría decir su nombre completo y su perfil académico, por favor?
2.- ¿Me podría decir, cuánto tiempo lleva laborando esta área?
3.- ¿Qué cargo y responsabilidad realiza usted en esta área?
4.- ¿Del tiempo que lleva usted en esta área, a través de sus evaluaciones, ha solicitado que dicha persona sea remitida a prisión preventiva?
5.- ¿A cuantas personas ha evaluado que estén en el CERESO de esta ciudad capital?
6.- ¿Ha sabido de alguna persona que haya salido de prisión, bajo condiciones del juez?
7.- ¿Cuál es el proceso que lleva acabo un preso para solicitar su libertad mientras dura su procedimiento?
8.- ¿Qué tipos de delitos no son considerados para que el preso solicite su libertad?
9.- ¿Está Usted de acuerdo con la implementación del nuevo sistema de justicia penal?
10.- ¿Crees que los beneficios que otorga en NSJP a los presos está bien, es decir, hay comentarios en la población que refieren que exageran en considerar demasiado sus derechos humanos, ya están catalogados como delincuentes?
11.- La CONAGO comenta que sería bueno que el catálogo de delitos que merecen la medida cautelar de prisión preventiva sea ampliada, porque se viene una liberación masiva de presos, que me dices usted al respecto?.



https://soundcloud.com/cecilia-alejandri/entrevista-sobre-la-revision-de-la-prision-preventiva/s-Nl1ng

DIARIO DE CAMPO

Primera visita.

09:00 horas, del día 15 de agosto del presenta año, me constituí a las oficinas de la Unidad de Medidas Cautelares y Ejecución de Sentencias, ubicada en la avenida de la Juventud s/n, de la colonia Burócratas, en la ciudad de Chilpancingo de los Bravos, Guerrero, ya que, ahí se lleva a cabo la evaluación de riesgo tanto de imputados como de los procesados, siendo estos últimos los que nos interesa saber para mi investigación, aunado de que en dichas oficinas llevan un conteo de cuantos procesados han atendido por año y han gozado del beneficio de llevar a cabo su procedimiento penal en libertad.

Es un edificio blanco de cinco niveles, siendo el cuarto piso donde se encuentra la oficina, hay un par de elementos de la Policía del Estado resguardando la entrada, de manera formal me pregunta el motivo de la visita o a que persona vengo a ver, posteriormente me pide que me registre para poder entrar y tomo asiento en la antesala, se observa que es un departamento con ocho cubículos, donde se encuentra personal vestidos de civil, la recepcionista muy amable me indica que enseguida me atenderán, de lo que espero, a mi lado se encuentran dos sujetos que también esperan ser atendidos, una persona se les acerca y les pide su firma y que plasmen su huella, los hacen pasar a unos cubículos y se encierra con otra persona distinta  la primera que los atendió, otros individuos caminaban indicando que ya están listos para salir a evaluar al Ministerio Publico, llevaban consigo unas tablas de madera y hojas para tomar notas, portaban credenciales de la Secretaria a simple vista, después de haber coordinado se fueron.

09:20 horas, la recepcionista me indica que ya pueden recibirme, al entrar con la Subdirectora de UMECA, denota un aspecto de estar ocupada con documentos en mano, me presento e indico el motivo de mi visita, acepta a que yo haga una entrevista a unos de sus abogados, con el fin de que solo se me proporcionara datos con respecto al tema de mi investigación, y cifras, porque los expedientes son de uso confidencial ya que ahí van las evaluaciones de riesgos de los procesados atendidos y que mi entrevista la podre realizar mañana porque sus abogados dictaminadores, que son los que se encargar de emitir la evaluación de riesgo, se encuentran ocupados, porque llamó el Agente del Ministerio Publico, notificándoles que hay tres imputados en los separos de las oficinas de dicha representación social, que en este momento solo puede ayudarme con los datos que utilizare para las gráficas.
09:35 horas, paso con su auxiliar y me informa sobre la cantidad de procesados que atendieron en el año 2016 y 2017. Cabe hacer mención que manejan información confidencial, de datos personales de los procesados e imputados, las personas que ahí se encuentran laborando, denotan que son desconfiados de las personas que los visitan, tiene todo bajo llave y en archiveros, los elementos de la Policía, custodiaban a las personas que se identificaban como imputados y que iban a plasmar su firma.
09:55 horas me retiro de las oficinas, para poder regresar el día de mañana.


miércoles, 16 de agosto de 2017

EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE INFORMACIÓN.

SESIÓN 5. ACTIVIDAD 2 EVIDENCIAS Y SELECCIÓN DE INFORMACIÓN.

RECURSOS
URL
FUNDAMENTACIÓN DEL RECURSO


TRES PAGINAS WEB
1
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_170616.pdf
Son totalmente confiables, porque son fuentes relacionadas al tema a investigar, aunado a que uno de ellos es un artículo donde la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve a lo referente a los derechos de los procesados, la información que se describe en estas páginas son suficientes.

2
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5441763&fecha=17/06/2016

3
http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/sociedad/2017/07/5/resuelve-corte-que-procesados-puedan-beneficiarse-del-nuevo




TRES VIDEOS
1
http://www.milenio.com/policia/suprema_corte_de_justicia-armas-reos-libertad-viejo_sistema-prision-noticias_0_987501526.html
Son totalmente confiables, porque son videos que realizaron dos doctores en derechos reconocidos por su amplio razonamiento en el NSJP. Y  el último video fue trasmitido por la empresa de noticias “El universal”, la información que proporcionan cada uno de ellos es suficiente para poder llegar a una buena conclusión.

2
https://www.youtube.com/watch?v=O43B2GOG1lM

3
https://www.youtube.com/watch?v=oZoGx2Xzs8A

TRES INFOGRAMAS DIAGRAMAS O MAPAS CONCEPTUALES
1
https://pbs.twimg.com/media/CvtvBAAUEAAZ19j.jpg
Son totalmente confiables, ya que se centran en el tema principal que es la revisión de la Prisión Preventiva, fundamentado con el CNPP, la información que aborda la considero suficiente.

2
http://www.carlosmolano.mx/wp-content/uploads/2016/06/nsisjustipenal.png

3
https://www.emaze.com/@ALFWITWW


a) Analizamos la fuente para corroborar y verificar si los prejuicios, creencias o sentimientos influyen en la información.
Ninguno de estos preceptos influye en la información, ya que se basa en fuentes jurídicas, que son analizados ante magistrados de la SCJN sin perjudicar los derechos humanos.
b) Evaluemos cada grupo de recursos para indicar cuál de dichas páginas, videos o mapas tiene la información más pertinente y confiable. Fundamentemos nuestra elección:
  • ¿Cuán confiables son las fuentes?
  • ¿En qué elementos nos apoyamos para considerar que la información es o no confiable?
  • ¿Es necesaria más información?
Dichos puntos ya fueron descritos en el cuadro de arriba en el apartado de “Fundamentación del recurso”
c) Si no encontramos diferencias entre las páginas, o bien la información es complementaria, describamos cómo llegamos a esa conclusión.
La información es complementaria porque, abordan el tema de la Revisión de la Prisión Preventiva, la cual el procesado tiene como derecho a solicitar ante un juez de control, dan pautas como un procesado puede salir de prisión para que lleve a cabo su procedimiento penal en libertad, informan bajo qué condiciones se les otorga dicha libertad, es decir, su prisión preventiva es cambiada por otra medida cautelar, dando a conocer cuál es el catálogo de dichas medidas, como son la presentación periódica ante la Unidad de Medidas Cautelares, la exhibición de una garantía económica, no acercase  a la víctima, tener un oficio laboral, entre otras, que a su vez estarán bajo la vigilancia de la Unidad de Medidas cautelares hasta lo que dure su procedimiento.

d) Escribir una breve reseña y síntesis del trabajo de evaluación y selección de los recursos encontrados con los criterios aplicados.
Referente a la selección de recursos, podre decir que hay demasiada información en la web, pero me base más que nada quien daba la información, para no caer en el error de una mala interpretación de la ley, ya que, en cuestión de bases jurídicas, hasta los mismos abogados no saben interpretarla y desconocen las reformas en el CNPP, así que busque doctores en derecho penal que dieran una buena argumentación jurídica referente al tema, seleccione documentos de noticias de las empresas más prestigiadas para dar información y por ultimo referente a los diagramas seleccione que la información que aportan, sea la correcta conforme a las nuevas disposiciones impuestas en la Constitución Política Mexicana y del Catálogo Nacional de Procedimientos.

miércoles, 9 de agosto de 2017

PELÍCULA CONCUSSION Y ESQUEMA

UNIDAD 2. SESIÓN 4. ACTIVIDAD 3.

PELÍCULA: CONCUSSION/LA VERDAD OCULTA

    Una historia basada en hechos reales, narra como un Médico Patólogo Forense, descubre una enfermedad a la que le da el nombre de Encefalopatía Traumática Crónica (ETC), que consiste en una degeneración gradual de la función cerebral, debido a los frecuentes impactos de cabeza que generan conmociones cerebrales, como por ejemplo en los deportes de alto impacto como es el fútbol americano, esta enfermedad no desarrolla síntomas dentro de los primeros años de recibir impactos en la cabeza, si no, al paso de los años, por lo que se deduce que se da gradualmente, la persona comienza a presentar síntomas como fuertes dolores de cabeza, mareos, depresión, confusión, creen escuchar voces en su cabeza y cometen suicidio.

Como se menciona al principio del párrafo anterior, el medico patólogo forense Bennet Omalu se da cuenta de esta enfermedad, cuando analiza la autopsia de un personaje muy conocido en el salón de la fama del deporte del fútbol americano, el jugador Mike Webster, al descubrir que sus órganos no presentaban indicios de que sufriera demencia, como lo había diagnosticado el médico de la NFL, decide analizar el cerebro del jugador, por lo que comienza su investigación por medio del método empírico basada en:

1.    LABORATORIO, al observar que el cerebro por medio de la autopsia se veía normal, realiza una exploración cerebral, donde observa una acumulación excesiva de proteína tau, que afectaba el estado de ánimo, las emociones y capacidad cognitiva del jugador de fútbol americano.

2. DOCUMENTAL, se apoyó en revistas médicas de neurología, libros de medicina.

3.    CAMPO, se apoyó en información de los familiares, por medio de entrevistas y escucha el estilo de vida que los jugadores tenían, ya que uno de sus lemas era “SI SÉ COMO VIVIÓ, SABRÉ COMO MURIÓ”, observó a los jugadores cuando entrenaban y analizó los vídeos donde participaban sus jugadores finados.






TEMA:
La Revisión de la Prisión Preventiva de los procesados en el viejo Sistema de Justicia Penal en la ciudad de Chilpancingo, Guerrero.
SUBTEMA:
Pueden salir libres los delincuentes de alta peligrosidad con el Nuevo Sistema de Justicia Penal.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:
      Un funcionario político manifestó abiertamente, que es preocupante la liberación masiva de presos que podrían salir de prisión tras la confirmación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en relación al derecho del procesado a solicitar la revisión, modificación y sustitución de la prisión preventiva impuesta en el sistema procesal penal tradicional.
JUSTIFICACIÓN:
    Esta controversia ha desatado el temor de un alza delictiva en el país, ya que se escatima que cerca de cuatro mil personas saldrán de las cárceles, por lo que la sociedad debe de estar preparada ante esta amenaza, además, de que consideran que es excesivo el respeto a las garantías de los presos.
HIPÓTESIS:
      Con la entrada en vigor del Nuevo Sistema de Justicia Penal, se implementa el Código Nacional de Procedimientos Penales, lo que genera una enorme cantidad de derechos humanos a favor de los procesados, mismos que en su momento de darlas a conocer fueron aplaudidas por los consejos y organizaciones, que ahora la desaprueban, la liberación masiva como lo señalan, no puede llegar a efectuarse como tal, porque no todos los procesados que se encuentran en prisión preventiva a causa del sistema de justicia tradicional, pueden salir de prisión tan fácilmente, ya que, al momento en que el juez avisa al Ministerio Publico de que un procesado pretende salir de prisión, este debe de recabar pruebas que le permita presumir que si se pone en libertad, representara un peligro de fuga, o un riesgo para víctima, testigos o para la comunidad, por lo que debe pedir que sea evaluado por la Unidad de Medidas Cautelares, quienes emiten un análisis de riesgo, para que sea presentada en la audiencia y así el juez decida si se concede la libertad o no, si el caso sea afirmativo, el juez lo hará pero estableciéndole ciertas restricciones, como por ejemplo embargarles bienes, no salir del país, no acercarse a la víctima, etc, todo esto no implica que ya solucionó su situación, si no que estará bajo libertad pero solo, por lo que dure su procedimiento, para ser exactos, hasta que se dicte una sentencia donde podría ser condenado y regresar a prisión o absuelto de todo cargo, además de que estará bajo vigilancia durante todo ese tiempo, por la misma autoridad emitió la evaluación de riesgo, ahora bien, este beneficio tiene sus excepciones, ya que solo pueden solicitarlo los presos que no estén siendo procesados por delitos de mayor impacto social, como son, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de persona, delincuencia organizada, robo violento u cualquier delito cometido por medios violentos, es ahí donde no procede la revisión de la medida, por lo tanto no saldrá, y los únicos responsables de que esto se lleve a cabo sin errores, serán los jueces y ministerios públicos, por lo que te informo que es absolutamente falso, por lo me atrevo a decir que “Es un pretexto de los gobernadores, señalar tal afirmación, porque no pueden con la inseguridad”.

    Anexo la base jurídica: CNPP artículo Quinto Transitorio, que a su letra señala, “Tratándose de aquellas medidas privativas de la libertad personal o de prisión preventiva que hubieren sido decretadas por mandamiento de autoridad judicial durante los procedimientos iniciados con base en la legislación procesal penal vigente con anterioridad a la entrada en vigor del sistema de justicia penal acusatorio adversarial, el inculpado o imputado podrá solicitar al órgano jurisdiccional competente la revisión de dichas medidas, para efecto de que, el juez de la causa, en los términos de los artículos 153 a 171 del Código Nacional de Procedimientos Penales, habiéndose dado vista a las partes, para que el Ministerio Público investigue y acredite lo conducente, y efectuada la audiencia correspondiente, el órgano jurisdiccional, tomando en consideración la evaluación del riesgo, resuelva sobre la imposición, revisión, sustitución, modificación o cese, en términos de las reglas de prisión preventiva del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como del Código Nacional de Procedimientos Penales. En caso de sustituir la medida cautelar, aplicará en lo conducente la vigilancia de la misma en términos de los artículos 176 a 182 del citado Código.

OBJETIVOS:
OBJETIVO GENERAL.Dar a conocer a la población en general, que es imposible que presos de alta peligrosidad, salgan de prisión de manera masiva.                                 
OBJETIVO ESPECIFICO.Ampliar el conocimiento de cómo se lleva a cabo el proceso penal de un inculpado, que está en prisión preventiva impuesta por un juez del sistema tradicional.
FUENTES BIBLIOGRÁFICAS

El Código Nacional de Procedimientos Penales.

Fuentes publicadas por los doctores en derecho, ERICK RUADA Y MIGUEL CARBONELL.



SHERLOCK HOLMES





UNIDAD 2. SESIÓN 4. ACTIVIDAD 2.
ESTUDIO EN ESCARLATA

Novela de Sir Conan Doyle.

El método de investigación que siguió Sherlock Holmes para llegar a las conclusiones que expuso ante los asesinatos de los personajes de Enoch Drebber y Joseph Stangerson, y que fueron distintas a las elaboradas por Tobías Gregson y Lestrade de Scotland Yard, ya que ellos solo basaban sus teorías en lo que encontraban en el lugar de los hechos, sin deducir, ¿el por qué?, ¿cómo?, se conformaban con lo que encontraban y lo que le decían en las entrevistas, pero no usan el método de deducción.
Sherlock Holmes es un detective consultor que basa sus conclusiones por medio del método hipotético-deductivo como él mismo se define en la novelaser aficionado tanto a la observación como a la deducción”.

Primeramente al llegar a la escena del crimen, observa cada mínimo detalle desde las afueras de la casa hasta cada rincón dentro de ella, con la ayuda de su lupa y una cinta de medir, encuentra hallazgos que los otros detectives no vieron, como son:

Observó y dedujo de qué se trata de un homicidio por envenenamiento, por el olor de sus labios del cadáver y por el gesto con que murió.

Observó y dedujo de qué se trata de una venganza amorosa, por la palabra escrita en alemán Ráche (castigo) y por el anillo de mujer que encontraron en el cadáver.

Observó y dedujo que el homicida es un hombre alto, porque la palabra se encuentra escrita en un lugar alto de la pared y lo largo de las zancadas.

Observó y dedujo que calza pequeño, por el tamaño de las huellas.

Observó y dedujo que fuma cigarro de Trichinopoly, por las colillas que encontró y porque ha realizado un estudio especial acerca de las cenizas de cigarro.

Observó y dedujo que tiene las uñas largas porque al escribir la palabra presenta rasguños en ellas.

Observó y dedujo que se trataba del chofer del coche de alquiler, porque había huellas del caballo de un lado para el otro, y solo podría ser así, ya que no se encontraba el chofer cuidando de él.

Todo esto el detective Sherlock Holmes constituye en un todo para obtener, como el mismo lo llama, una cadena de ilaciones lógicas sin un ruptura ni grietas entre ellas.

Por ultimo para llegar a su conclusión, de que se trataba de un homicidio por venganza, lo comprueba con la carta enviada a la Jefatura de la policía de Cleveland, donde le informan de que con anterioridad había acudido el señor, ahora occiso, Drebber a solicitar la protección de la ley contra un antiguo rival amoroso, llamado Jefferson Hope, siendo esta la causal para llevar acabo el homicidio, y que por consiguiente, se encontraba también en Europa.



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SESIÓN 4. ACTIVIDAD 1

LOS TIPOS DE INVESTIGACIÓN